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Ficha · Suelos

Clases de capacidad de uso: de la I a la VIII

La clase de capacidad de uso dice qué puede hacerse con un suelo sin degradarlo. En Chile la fija una pauta de 2011 con trece criterios, y basta un atributo crítico para bajar de clase.

Octubre de 2026 · Texto divulgativo, no es asesoría

La capacidad de uso es la habilidad de un suelo para ejecutar sus funciones en la magnitud que le es propia, derivada del conjunto de sus propiedades físicas, químicas y biológicas. Como sistema de clasificación, agrupa los suelos en ocho clases según las limitaciones que tienen para la agricultura: las cuatro primeras son arables, las cuatro últimas no. La clase pesa en decisiones concretas: en la subdivisión de predios rústicos, en el cambio de uso de suelo, en la evaluación ambiental de proyectos y en la valoración de un predio. Por eso conviene saber cómo se determina.

En una líneaClases I a IV, arables, con limitaciones crecientes. Clases V a VIII, no arables. Basta un atributo crítico para que el suelo pertenezca a la clase más limitante, aunque todo lo demás sea mejor.

Trece criterios en tres grupos

La pauta vigente en Chile, aprobada en 2011, ordena los criterios en tres grupos. Los criterios de aproximación separan los suelos arables de los no arables y suelen poder evaluarse en gabinete, con fotointerpretación y cartografía de series: profundidad, pendiente, pedregosidad superficial y clase de drenaje. Los criterios de definición, combinados con los anteriores, fijan la clase: textura, agua aprovechable, pedregosidad subsuperficial, erosión y clima. Los criterios especiales describen condiciones particulares que no siempre están presentes: inundación, salinidad y sodicidad o alcalinidad; se evalúan solo cuando hay evidencia comprobable en terreno de que afectan a un cultivo y referencias técnicas que amparen esa condición, y si no la hay, el informe debe decir que no se evaluaron por esa razón. Donde el clima es el factor determinante, la pauta es solo una referencia y sus criterios deben adaptarse a la realidad local.

Los criterios de aproximación

La profundidad efectiva es la distancia vertical entre la superficie y una limitante permanente que dificulte el paso de las raíces o del agua. Las limitantes reconocidas son la roca subyacente, el fragipán (una capa densa, de consistencia dura en seco y quebradiza en húmedo, de al menos 15 centímetros, con límite superior abrupto entre 33 y 100 centímetros de profundidad), el duripán cementado con sílice, el claypán o capa de acumulación de arcilla con límite bien definido, y el nivel freático. Se cuenta también la pedregosidad interna cuando limita el arraigamiento. La profundidad se refiere a raíces fisiológicamente activas, no a raíces de anclaje, y exige distinguir suelo de regolito; no se puede evaluar con certeza solo con barreno. La clase I requiere más de 90 centímetros, la II más de 70, la III más de 40, la IV y la VI más de 20.

La pendiente es la inclinación de la superficie respecto de su proyección horizontal, en dirección al escurrimiento, en porcentaje, y se mide con clinómetro. Se distingue entre pendiente simple, suave y continua, y compleja, con escalones y quiebres, pero esa diferencia solo importa para la clase I, que exige menos de 1 por ciento en pendiente simple o menos de 3 en compleja. La clase II admite menos de 5 por ciento, la III menos de 8, la IV menos de 15, la VI menos de 45 y la VII menos de 60; por sobre 60 la gradiente deja de tener importancia. La clase V, que es de suelos planos e inundados, tiene los mismos límites que la I.

La pedregosidad superficial es el contenido de fragmentos gruesos que interfieren con la labranza, las raíces y el agua en el horizonte arable o los primeros 25 centímetros. Se separan las gravas, de 2 a 7,5 centímetros, de las piedras, mayores de 7,5. Se evalúa solo en terreno, por estimación visual con cartillas de cobertura, por transectas o por conteo directo. Las clases I y II admiten menos de 10 por ciento de gravas y menos de 5 de piedras; la III, menos de 20 y 15; la IV, menos de 40 y 35; la VI, hasta 85 y 50.

El drenaje es la rapidez con que el agua entra desde la superficie y se mueve por el perfil, y se describe en seis clases, de muy pobremente drenado (W1), con el nivel freático en o sobre la superficie casi todo el tiempo y permeabilidad bajo 0,15 centímetros por hora, a excesivamente drenado (W6), con permeabilidad sobre 15. Las permeabilidades son referenciales; la clase se asigna por descripción, atendiendo a la posición topográfica, el color, los moteados y demás rasgos redoximórficos. La clase I exige bien drenado (W5); la II admite hasta drenaje moderado (W4); la III hasta imperfecto (W3); la IV hasta pobremente drenado (W2); la V es de suelos pobre a muy pobremente drenados; las VI y VII van de imperfecto a excesivo.

Pedregosidad subsuperficial abundante: un atributo que por sí solo saca al suelo de las primeras clases.
Pedregosidad subsuperficial abundante: un atributo que por sí solo saca al suelo de las primeras clases.
Inundación en un terreno bajo. La frecuencia y la duración de los eventos deciden entre las clases III, IV y V.
Inundación en un terreno bajo. La frecuencia y la duración de los eventos deciden entre las clases III, IV y V.

Los criterios de definición

La textura se describe para todas las estratas, pero para clasificar se usa solo la del horizonte arable, los 20 a 25 centímetros superiores, con el triángulo textural del Departamento de Agricultura de Estados Unidos. Solo discrimina entre las clases I, II y III: la I exige texturas medias, de franco arenoso muy fino a franco arcillo limoso; la II admite de areno francoso a arcilloso; la III, de arenoso fino a arcilloso; de la IV en adelante, cualquiera salvo la arenosa gruesa en ciertos casos. Su efecto principal es indirecto, a través del agua aprovechable.

El agua aprovechable es la que el suelo retiene entre capacidad de campo y punto de marchitez permanente, expresada en centímetros de columna de agua y sumada para todas las estratas dentro de la profundidad efectiva, descontando el volumen que ocupan las piedras. La clase I exige 18 centímetros o más; la II, de 12 a menos de 18; la III, de 9,5 a menos de 12; la IV, de 5 a menos de 9,5. Es el criterio que con más frecuencia decide entre clases arables, y por eso tiene una ficha aparte.

La pedregosidad subsuperficial, de fragmentos mayores de 2 centímetros en el perfil, admite menos de 5 por ciento en clase I, menos de 15 en II, menos de 35 en III y IV, menos de 60 en VI. La erosión, en sus cinco clases, debe ser no aparente para clase I, a lo más ligera para II, a lo más moderada para III y IV, y hasta severa para VI. El clima entra por dos vías: los días libres de heladas, 150 o más para clase I, al menos 100 para II, 80 para III y 50 para IV, y los vientos, de ausentes a moderados hasta la clase IV.

Los criterios especiales

La inundación se clasifica por el número de eventos al año de más de siete días: ninguna para clases I y II, de ninguna a frecuente para III y IV, muy frecuente para V. La salinidad se mide por la conductividad eléctrica del extracto de saturación, en decisiemens por metro, con una muestra compuesta de al menos veinte submuestras de los primeros 20 centímetros por unidad homogénea: menos de 2 para clases I y II, menos de 4 para III, menos de 8 para IV, menos de 12 para VI. La sodicidad se mide por la relación de adsorción de sodio: menos de 5 para I y II, menos de 13 para III, menos de 18 para IV, menos de 28 para VI. La alcalinidad se evalúa por la efervescencia de carbonatos: ninguna en I y II, menos de 2 por ciento en III, de 2 a 10 en IV.

El atributo crítico

La regla que ordena todo lo anterior es simple y severa. El atributo crítico es la característica que por sí sola determina la clase. Un suelo pertenece a la clase IV si presenta al menos un atributo crítico de esa clase, aunque todos los demás correspondan a la III o a una superior. Un suelo profundo, plano, bien drenado y sin piedras, pero con 7 centímetros de agua aprovechable, es clase IV. Uno con 20 centímetros de agua aprovechable y 12 por ciento de pendiente también es clase IV. La clasificación no promedia: toma el peor.

Las ocho clases, en palabras

La clase I tiene pocas limitaciones y rendimientos altos con manejo simple: plana o casi plana, profunda, sin piedras, de textura media, bien drenada, sin erosión. La clase II tiene limitaciones ligeras que pueden requerir alguna práctica de conservación: pendiente hasta 5 por ciento, profundidad no inferior a 70 centímetros o drenaje moderado. La clase III tiene limitaciones al laboreo por pendientes cercanas a 8 por ciento o hasta 15 por ciento de piedras, puede limitar el arraigamiento de especies de raíz profunda y requiere prácticas de conservación. La clase IV es la última arable: pendientes hasta 15 por ciento o profundidad no superior a 40 centímetros, con riesgo de erosión que exige conservación en el laboreo.

La clase V es de suelos inundados, depresionales, sin cota para evacuar el agua, con vegetación hidromórfica y a menudo una estrata impermeable y un horizonte superficial con más de 20 por ciento de materia orgánica. La clase VI no es arable por pendiente, moderadamente escarpada o de lomajes, o por salinidad sobre 4 decisiemens; su uso es ganadero y forestal. La clase VII tiene limitaciones muy severas, escarpada o de cerros, muy delgada o muy pedregosa, con uso de pastoreo o forestal. Y la clase VIII, con dos o más atributos críticos de la clase VII a la vez, no tiene valor agrícola, ganadero ni forestal y se reserva a la vida silvestre, la recreación y la protección de cuencas.

Lomajes con erosión severa y pendientes sobre 15 por ciento: suelos de clase VI y VII.
Lomajes con erosión severa y pendientes sobre 15 por ciento: suelos de clase VI y VII.
Ladera plantada en alta pendiente con una cárcava que la cruza: el uso excede la capacidad del suelo.
Ladera plantada en alta pendiente con una cárcava que la cruza: el uso excede la capacidad del suelo.

Subclases y unidades

La clase se completa con una letra que indica la limitación genérica dominante: s por suelo, w por humedad, e por erosión o sus efectos, cl por clima. Y con un número que indica la limitación específica, del 1 al 17: profundidad, pendiente, pedregosidad superficial, drenaje insuficiente, drenaje excesivo, textura liviana, textura pesada, bajo almacenamiento de agua, pedregosidad subsuperficial, baja cobertura vegetal, heladas, vientos, inundaciones, nivel freático alto, salinidad, sodicidad y alcalinidad. Un IIIs1 es un suelo de clase III limitado por su profundidad; un IVe2, uno de clase IV limitado por la pendiente y el riesgo de erosión.

Dónde se juega la diferenciaLa frontera entre clase III y clase IV es la que más se discute, porque muchas normas de uso del territorio tratan de manera distinta a los suelos de las primeras clases. Los seis criterios que la deciden son la profundidad (más de 40 contra más de 20 centímetros), la pendiente (menos de 8 contra menos de 15 por ciento), la pedregosidad superficial (gravas bajo 20 y piedras bajo 15, contra 40 y 35), el drenaje (hasta imperfecto contra hasta pobre), el agua aprovechable (9,5 a 12 contra 5 a 9,5 centímetros) y la salinidad (bajo 4 contra bajo 8 decisiemens). Un solo atributo en el rango de la clase IV basta.
Fuentes y normas citadas

Pauta para estudios de suelos (2011), aprobada por Resolución Exenta 4.552 de julio de 2011 del Servicio Agrícola y Ganadero. Klingebiel, A. y Montgomery, P. (1961), Land Capability Classification (USDA). Soil Survey Manual (USDA, 2017). Keys to Soil Taxonomy (USDA NRCS), definiciones de fragipán y duripán.